26/03/2008
5. ¿Qué me pagaría la compañía si tengo contratada la garantía de daños propios y sufro una perdida total de mi vehículo?
Por lo general, se tiene en cuenta la antigüedad del vehículo y en función de ella se indemniza del siguiente modo, para turismos y furgonetas:
antigüedad hasta 2 años: 100% valor nuevo
antigüedad superior a 2 años e inferior a 3: 80% valor de nuevo
antigüedad superior a 3 años e inferior a 4: 70% valor venal
antigüedad superior a 4 años: valor venal
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